miércoles, 5 de diciembre de 2012


Los decretos de Nueva Planta

El primer Borbón Felipe V cambió profundamente las condiciones del ejercicio del poder real en el gobierno interno de los territorios de la monarquía. El cambio más incisico  fue la disolución de la Corona de Aragón como conjunto orgánico en los decretos de Nueva Planta, que imponían un modelo de Estado centralizado y unitario .
Esta disposición era el castigo a los territorios de la Corona de Aragón tras la victoria de Felipe V en la Guerra de Sucesión. El 29 de junio de 1707, Felipe V impusó la abolicíon del ordenamiento foral en Aragón y Valencia. Desde entonces las leyes de Castilla fueron consideradas <<loables y plausibles en todo el Universo>> (Martínez Ruiz).  La Nueva Planta siguió con la guerra tambíen en Cataluña y Malllorca.   Utilizando el <<derecho de conquista>> Felipe V alcanzó la eliminación de muchos derechos históricos de Aragón, Cataluña, Valencia y Mallorca, excepto Navarra y el País Vasco porque los dos luchaban al lado de Castilla.
De esta manera, una guerra evocada por cuestiones dinásticas fue el pretexto para alcanzar la  uniformidad  jurídica en España. Seguramente el Rey Sol que encarnaba el absolutismo y la centralización política y judicial, influía en su nieto Felipe V con la idea de la <<castellanización judicial y política>> en España.
Los decretos de Nueva Planta fueron una serie de decretos entre 1707 y 1716 con muchas contradicciones y también dominados por improvisaciones. Los puntos en común de los decretos eran la desaparición de muchas instituciones propias del reino (por ejemplo cortes, diputaciones, virreyes, administración fiscal propia…), la supresión del derecho de extanjería, la aplicación del derecho criminal castellano y la introducción de un Nuevo sistema impositivo, y la jurisdicción eclesiástica y el nombramiento de las autoridades locales por el rey.
La reforma en Aragón fue un cambio en el gobierno, la administración de justicia, el ordenamiento jurídico y en la administración financiera. También una militarización del gobierno se realizó . Felipe V  abolió todos los fueros, privilegios y libertades de Aragón y Valencia. El decreto del 29 de junio de 1707 sustituyó la Real Audiencia de los Austrias por otra. Las chancillerías de Valladolid y de Granada sirvieron de modelo para la nueva. La nueva Audiencia tenía dos salos con miembros nombrados libremente  por el rey: La primera sala era para lo civil  y la segunda sala era para lo penal  o criminal. Se utilizaba el ordenamiento jurídico castellano para lo penal y el aragonés para lo civil. Al frente del gobierno militar, polìtico y económico del reino había un comandante general. La más alta instancia juirisdiccional fue desde entonces el Consejo de Castilla y el Consejo de Aragón se desapareció.  La situación de la nobleza o de la Iglesia y universidad  no se cambió a causa de las reformas.
Cataluña pudo resistir hasta 1716. El decreto de Nueva Planta no castellanizó estrictamente a Cataluña, porque << Felipe V y sus ministros habían aprendido ya un poco de la experiencia>>. Era << un regimen Nuevo, equilibrado y racional>> (Comellas). Había tres personas poderosas: el  Capitán General que gobierna aconsejado por la Audiencia y el Intendente, que era responsable de la administración y la economía. Se abolieron los viejos fueros y privilegios catalanes, que habían sido ventajosos para la antigua nobleza, la autocracia de los ciudadanos honrados. Así la burgesía industrial o mercantil tenía más libertad para el negocio. Pero cuando Castilla y los reinos aragoneses se unieron, había un aumento del comercio interior y ahora era possible empezar el comercio con América, porque los catalanes pudieron establecerse en Sevilla o Cádiz. La Nueva Planta significó la prosperidad económica para Cataluña.
También se crearon cuatro <<secretarias de despacho>> que gobernaban en el nombre del rey o le ayudaban: Estado (Asuntos Exteriores), Justicia, Guerra y Marina. Más tarde estos hombres serán llamados <<ministros>>. Era una gran mejora que el gobierno ahora compartía.
Las Audiencias tenían una función judicial pero también ayudaban al gobierno. Las Intendencias eran responsable de ciertas cuestiones de la administración y de la política. El resultado de estos organismos fue la << la parcelación del territorio en unidades territoriales idéntica.>> (Comellas), que se llamarán más tarde << provincias>>.
Las reformas borbónicas terminaron en una << clarificación de funciones, y la administración de España en el siglo XVIII fue-como quizá pocas veces en su historía-ágil, expedita y eficaz.>>  (Comellas).

Fuentes:
Comellas, Jose Luis: Historia de España Moderna y Contemporanea, Madrid, 1988.
García Cárcel, Ricardo (dir.): Historia de España Siglo XVIII. La España de los Borbones, Madrid, 2002.
Martínez Ruiz, Enrique (dir.): Diccionario de Historia Moderna de España. II. La Administración,    Madrid, 2007.
Gran Enciclopedia Aragonesa (25.04.2007): <<Nueva Planta, decretos de>> http://www.enciclopedia-aragonesa.com/voz.asp?voz_id=9478,  (29.11.2012)

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