Los decretos de Nueva Planta
El primer Borbón Felipe V cambió profundamente
las condiciones del ejercicio del poder real en el gobierno interno de los
territorios de la monarquía. El cambio más incisico fue la disolución de la Corona de Aragón como conjunto
orgánico en los decretos de Nueva Planta, que imponían un modelo de Estado
centralizado y unitario .
Esta disposición era el castigo a
los territorios de la Corona de Aragón tras la victoria de Felipe V en la
Guerra de Sucesión. El 29 de junio de 1707, Felipe V impusó la abolicíon del
ordenamiento foral en Aragón y Valencia. Desde entonces las leyes de Castilla fueron
consideradas <<loables y plausibles en todo el Universo>> (Martínez
Ruiz). La Nueva Planta siguió con la
guerra tambíen en Cataluña y Malllorca. Utilizando el <<derecho de
conquista>> Felipe V alcanzó la eliminación de muchos derechos históricos
de Aragón, Cataluña, Valencia y Mallorca, excepto Navarra y el País Vasco
porque los dos luchaban al lado de Castilla.
De esta manera, una guerra evocada
por cuestiones dinásticas fue el pretexto para alcanzar la uniformidad jurídica en España. Seguramente el Rey Sol que
encarnaba el absolutismo y la centralización política y judicial, influía en su
nieto Felipe V con la idea de la <<castellanización judicial y política>>
en España.
Los decretos de Nueva Planta
fueron una serie de decretos entre 1707 y 1716 con muchas contradicciones y
también dominados por improvisaciones. Los puntos en común de los decretos eran
la desaparición de muchas instituciones propias del reino (por ejemplo cortes,
diputaciones, virreyes, administración fiscal propia…), la supresión del
derecho de extanjería, la aplicación del derecho criminal castellano y la
introducción de un Nuevo sistema impositivo, y la jurisdicción eclesiástica y
el nombramiento de las autoridades locales por el rey.
La reforma en Aragón fue un
cambio en el gobierno, la administración de justicia, el ordenamiento jurídico
y en la administración financiera. También una militarización del gobierno se
realizó . Felipe V abolió todos los
fueros, privilegios y libertades de Aragón y Valencia. El decreto del 29 de
junio de 1707 sustituyó la Real Audiencia de los Austrias por otra. Las
chancillerías de Valladolid y de Granada sirvieron de modelo para la nueva. La
nueva Audiencia tenía dos salos con miembros nombrados libremente por el rey: La primera sala era para lo civil
y la segunda sala era para lo penal o criminal. Se utilizaba el ordenamiento
jurídico castellano para lo penal y el aragonés para lo civil. Al frente del
gobierno militar, polìtico y económico del reino había un comandante general.
La más alta instancia juirisdiccional fue desde entonces el Consejo de Castilla
y el Consejo de Aragón se desapareció. La
situación de la nobleza o de la Iglesia y universidad no se cambió a causa de las reformas.
Cataluña pudo
resistir hasta 1716. El decreto de Nueva Planta no castellanizó estrictamente a
Cataluña, porque << Felipe V y sus ministros habían aprendido ya un poco
de la experiencia>>. Era << un regimen Nuevo, equilibrado y
racional>> (Comellas). Había tres personas poderosas: el Capitán General que gobierna aconsejado
por la Audiencia y el Intendente, que era responsable de la
administración y la economía. Se abolieron los viejos fueros y privilegios
catalanes, que habían sido ventajosos para la antigua nobleza, la autocracia de
los ciudadanos honrados. Así la burgesía industrial o mercantil tenía más
libertad para el negocio. Pero cuando Castilla y los reinos aragoneses se unieron,
había un aumento del comercio interior y ahora era possible empezar el comercio
con América, porque los catalanes pudieron establecerse en Sevilla o Cádiz. La
Nueva Planta significó la prosperidad económica para Cataluña.
También se crearon cuatro <<secretarias
de despacho>> que gobernaban en el nombre del rey o le ayudaban: Estado
(Asuntos Exteriores), Justicia, Guerra y Marina. Más tarde estos hombres serán
llamados <<ministros>>. Era una gran mejora que el gobierno ahora
compartía.
Las Audiencias tenían una función
judicial pero también ayudaban al gobierno. Las Intendencias eran responsable
de ciertas cuestiones de la administración y de la política. El resultado de estos
organismos fue la << la parcelación del territorio en unidades territoriales
idéntica.>> (Comellas), que se llamarán más tarde <<
provincias>>.
Las reformas borbónicas terminaron
en una << clarificación de funciones, y la administración de España en el
siglo XVIII fue-como quizá pocas veces en su historía-ágil, expedita y
eficaz.>> (Comellas).
Fuentes:
Comellas, Jose Luis: Historia de España
Moderna y Contemporanea, Madrid, 1988.
García Cárcel, Ricardo (dir.):
Historia de España Siglo XVIII. La España de los Borbones, Madrid, 2002.
Martínez Ruiz, Enrique (dir.):
Diccionario de Historia Moderna de España. II. La Administración, Madrid, 2007.
Gran Enciclopedia Aragonesa
(25.04.2007): <<Nueva Planta, decretos de>> http://www.enciclopedia-aragonesa.com/voz.asp?voz_id=9478, (29.11.2012)
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